PROPUESTA PARA LA DISCUSIÓN DEL SALARIO MINIMO LEGAL
La Ley 278 de 1.996 que desarrolla el Artículo 56 de la Constitución Nacional y reglamenta la composición y el funcionamiento de LA COMISIÓN PERMANENTE DE CONCERTACIÓN DE POLÍTICAS SALARIALES Y LABORALES tiene como una de sus funciones la fijación del Salario Mínimo Legal (SML), pero además se le asignan otras facultades no menos importantes, lo que significa que no está concebida simplemente para fijar un reajuste salarial, sino que entraña toda una política para " garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia"; por lo tanto sus decisiones deben ser consecuentes con la realidad social, "con el fin de lograr justicia dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social" y por lo tanto se deben integrar fundamentalmente los siguientes elementos.
- Congelación de las tarifas de los servicios públicos.
- Congelación de artículos manufacturados básicos de la canasta familiar.
- Suspender los aumentos en el precio de la gasolina y demás combustibles.
- Tener en cuenta el impacto en los salarios a consecuencia de la Ley 789/02.
- La perdida del valor adquisitivo de los salarios ò el IPC.
- La productividad.
Un examen de esta naturaleza, serio y objetivo determinará un ajuste al SML, socialmente equitativo y altamente productivo y contribuirá a la generación de nuevos empleos, por la mayor demanda interna y por la calidad de los productos de exportación.
Comitè Ejecutivo
Apecides Alviz Fernández - Presidente
Luis Miguel Morantes - Secretario General
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